Olga Sánchez Cordero insiste en que el nuevo Grupo Parlamentario es jurídicamente imposible

Olga Sánchez Cordero insiste en que el nuevo Grupo Parlamentario es jurídicamente imposible

La presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, insistió en que es jurídicamente imposible crear un nuevo grupo parlamentario en la Cámara alta, por lo que tendrían que explorar otras alternativas de los cinco senadores. 

«Es jurídicamente imposible, darles la figura de grupo parlamentario con todas las prerrogativas que eso conlleva. No hay lugar a interpretaciones», expresó. 

A través de sus redes sociales, la senadora de Morena sostuvo que como presidenta del Senado es la primera en dar la bienvenida a la alianza que se integró de cinco senadoras y senadores, «a quienes respeto mucho, pero a quienes jurídicamente no podemos reconocer como grupo parlamentario».

Aclaró que en el Senado no hay confrontaciones, sino diálogo y acuerdos.

«Soy partidaria de los grupos políticos mixtos, como lo expresé en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 68/2008. Pero desde esa ocasión dejé claro, al revisar la constitucionalidad de las normas del estado de Veracruz, que los Congresos locales tienen la libertad de configurar la integración de los grupos parlamentarios. Libertad que también tiene el Senado, el cual no ha legislado para permitir los grupos parlamentarios mixtos», afirmó 

De acuerdo con el artículo 27 del reglamento del Senado, según Sánchez Cordero, la norma es expresa e impide formar grupos parlamentarios después de haberse formulado la declaratoria.

La ministra en retiro manifestó que conforme a la legislación en la materia para registrar a un grupo parlamentario es necesario que la integración de un grupo parlamentario se realice a través del secretario General de Servicios Parlamentarios a más tardar el 28 de agosto del año de la elección presidencial. 

Incluso la presidencia del Senado formulará la declaratoria de constitución de grupos parlamentarios en la primera sesión ordinaria posterior a la de su instalación en el año de la elección.