Perfilan regulación notarial en Senado; advierten riesgos de monopolio

Asociaciones de abogados, advierten que esta iniciativa permitirá a los Notarios invadir funciones de otras profesiones como la corredores públicos, asesores inmobiliarios y arbitrajes.El Senado de la República perfila –con algunos cambios--retomar en el periodo ordinario de sesiones que arranca en septiembre próximo la iniciativa de la senadora, Olga Sánchez Cordero, que busca regular la …

Asociaciones de abogados, advierten que esta iniciativa permitirá a los Notarios invadir funciones de otras profesiones como la corredores públicos, asesores inmobiliarios y arbitrajes.

El Senado de la República perfila –con algunos cambios–retomar en el periodo ordinario de sesiones que arranca en septiembre próximo la iniciativa de la senadora, Olga Sánchez Cordero, que busca regular la actividad notarial en México y garantizar la debida profesionalización de esta figura.

Sin embargo, algunas Asociaciones de abogados, han advertido que esta iniciativa permitirá a los Notarios invadir funciones de otras profesiones como la de los corredores públicos, asesores inmobiliarios y arbitrajes, con lo que se daría paso a un monopolio por parte de los notarios y con ello se encarecerá aún más este servicio.

“Están pretendiendo invadir funciones no solo de los corredores públicos, sino además de otros profesionistas y están ocasionando que se monopolicen las funciones como el ser árbitro, asesor inmobiliario y con ello se va a encarecer el servicio de la fe pública”, acusó ó Roberto Julio Chávez Delgado, de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos.

El abogado explicó que si bien esta iniciativa tiene sus ventajas, como que se pueda acceder a la fe pública por medio de exámenes de oposición, en realidad contiene más desventajas al dejar de lado a los corredores públicos que también dan fe pública, con lo cual se crea un monopolio a favor de los notarios públicos sin contar que hay comunidades donde no existe esta figura sino solo los corredores públicos.

“Se les está excluyendo, (a los corredores públicos) el no incluirle en la Constitución te excluye y entonces les da ese monopolio y solamente ellos (los notarios) podrían hacer esos actos, dejando en desventaja a las comunidades donde no hay notarios públicos”, explicó

La iniciativa presentada por la senadora Olga Sánchez Cordero en enero de 2022, adiciona una fracción VI al artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fe pública y función notarial y busca garantizar la debida profesionalización del notariado así como la plena seguridad de los usuarios del servicio mediante el otorgamiento de la patente o fiar a aquella persona que demuestre, ante un sínodo imparcial, conocedor del derecho y de la función notarial, ser la más capacitada para el ejercicio de la función notarial.

Además, busca “promover y desarrollar la dimensión social de la actividad notarial garantizando que toda la población tenga acceso a un servicio de calidad” y no menciona la fe pública que actualmente dan los corredores públicos a los actos que tienen que ver con las leyes mercantiles o actos de comercio.

Al respecto, la presidenta del Colegio de Notarios, reconoció diversos cambios realizados a la iniciativa de enero de 2022 entre ellos que el acceso a la fe pública será únicamente por examen de oposición y aseguró que no se les quita facultades a otras profesiones.

Las modificaciones legales, detalló, permitirán definir el número y ubicación de las notarías con base en criterios estrictamente técnicos, precisando que únicamente habrá notarios titulares, terminando con la regulación de diversos tipos como son los adscritos, interinos, provisionales, suplentes, supernumerarios y cualquier otra denominación que las leyes locales contemplen.

Aseguró que también se pretende unificar los procedimientos y métodos a nivel nacional para el acceso a la función notarial, teniendo como criterio principal para la selección la preparación, experiencia y honorabilidad de los sustentantes.

Asimismo, estableciendo como medio único el examen público de oposición con la intervención de los gobiernos locales, de los colegios notariales de cada entidad y del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, fijando el número de sinodales y el procedimiento para la designación de cada uno de ellos.